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miércoles, 24 de octubre de 2012

Recordando casos del despacho IV


Absuelto un conductor porque la policía perdió el ticket de la alcoholemia

- El chófer fue condenado por dar una tasa que triplicaba lo permitido, recurrió, y la Audiencia Provincial le da la razón
- "Parece probable que los agentes incluyeron los tickets entre la documentación que devolvieron al acusado"
 
GABRIEL GONZÁLEZ . PAMPLONA Domingo, 30 de noviembre de 2008 - 04:00 h.
La Audiencia Provincial ha absuelto a un conductor porque la policía perdió los tickets de la alcoholemia. El chófer había sido condenado por un juzgado de lo Penal a una multa de 3.

240 euros, 66 días de trabajos en beneficio de la comunidad y privación de conducir vehículos durante dos años por conducir con una tasa de alcoholemia en aire de 0,76 miligramos (el triple de lo permitido) basándose en el testimonio de los agentes, pero el conductor recurrió y la Audiencia le ha dado la razón: "Tal omisión es relevante y no puede ser suplida por el sólo testimonio de un agente policial".
 
La primera sentencia, del Juzgado de lo Penal número 3, consideraba probado que el imputado circulaba a las 5.10 horas del pasado 22 de junio (domingo) por la calle Monasterio de Irache de Pamplona. Tras avistar un control de alcoholemia de la Policía Municipal, realizó una maniobra evasiva y se detuvo en doble fila, salió del coche con otra persona, quedándose deambulando por las inmediaciones. Este comportamiento resultó extraño a los agentes, que le habían visto conducir, y le practicaron la prueba de etilometría con resultados de 0,76 y 0,74 miligramos por litro de aire respirado. Según se lee en la sentencia de lo Penal, "parece probable que los agentes incluyeron los tickets entre la documentación que devolvieron al acusado" y por lo tanto, no pudieron ser aportados en el atestado. Los agentes sí presentaron en el juicio una diligencia policial en la que constaban los resultados de las pruebas, y el propio acusado admitió que los agentes le informaron de que el resultado era positivo, aunque desconocía la tasa. El juez consideró que estas pruebas eran suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia. 
 
El conductor, a través de su letrado, Sergio Gómez, recurrió por entender que no había quedado acreditado que el resultado de la alcoholemia fuera el que la sentencia daba por probado. Y la sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha estimado su apelación "porque no se dan las garantías formales" por faltar el justificante. En su sentencia argumenta que dado que el delito por conducir en estado de embriaguez es estricto porque es suficiente con que el resultado sea positivo, sin necesidad de acreditar que el conductor tenga las facultades afectadas, "resulta ser especialmente exigible la justificación de la realidad del resultado arrojado" porque sólo el resultado "justificará suficientemente la comisión del delito". Y añade que la ausencia de los ticket "impide comprobar cualquier posible error en el que hubiera podido incurrir el agente". Sobre si el acusado conducía bajo la influencia de las bebidas, el fallo judicial considera que no ha quedado suficientemente acreditado